INTERBLOQUE FAP
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
ITUZAINGÓ
COMUNICADO DE PRENSA
Ituzaingó, 31 de Marzo de 2014.-
UNA SOLUCIÓN CONCRETA
PARA EVITAR EL CIERRE DEL PARQUE
LELOIR
Ante los intentos para cerrar la
circulación en algunas calles en Villa Udaondo
los Concejales del FAP de Ituzaingó presentaron un Proyecto para derogar un
artículo de una vieja Ordenanza y resolver el tema en forma definitiva.
Desde
fines del año pasado y ante el reclamo de vecinos y vecinas por mayor
seguridad, comenzaron los intentos por reflotar un viejo proyecto para cerrar
la circulación de algunas calles de acceso a Parque Leloir.
El apoyo
oficial a estas iniciativas nunca fue claro, y todo su sustento se fundaba en
la Ordenanza N°2013 que se sancionó en el año 2007 para declarar algunas áreas
de la ciudad como “Zona Ecológicamente Protegida”.
En dicha
oportunidad y en forma sorpresiva, se incluyó en el artículo 18 la posibilidad
que el intendente autorizara “en forma precaria y a modo de experiencia piloto”
la colocación de maseteros en las calles para obligar a la circulación del
tránsito en forma de zigzag. El proyecto nunca se llevó a la práctica y tampoco
se habilitó el “Registro de Oposición” para consultar la opinión de la
ciudadanía.
A su
vez, desde fines del año pasado, algunos frentistas de la zona recibieron
visitas a sus hogares con el objetivo de promover el cierre a través una
supuesta “encuesta” o “relevamiento”.
Visto la
importancia del Parque como el mayor pulmón verde de Ituzaingó y atento a la
necesidad de mantenerlo como patrimonio ambiental y ecológico de toda la ciudad
los Concejales del FRENTE AMPLIO PROGRESISTA Gabriel Jara, Nahuel Segovia, Marcos
Isla y Esteban Vallarino fijaron posición en favor de una Ciudad abierta e
integrada sin barreras ni muros en sus calles.
En tal
sentido manifestaron que “es necesario derogar ese artículo y clausurar el tema
definitivamente para evitar confusiones y especulaciones”.
Asimismo,
sentaron postura junto a los vecinos y vecinas: “reclamamos por el mejoramiento
de medidas efectivas para la prevención del delito como lo son el patrullaje
policial, la video-vigilancia, el dialogo funcionarios-vecinos y una coordinación ágil entre la seguridad
privada, la policía bonaerense, los móviles municipales y la gendarmería”.
Finalmente
declararon que “los graves problemas de inseguridad que vivimos reclaman
soluciones serias y posibles y no distracciones que actúen como cortinas de
humo”.
A
continuación se transcribe el artículo 18 de la Ordenanza N°2013 (las cursivas
y subrayados son propios):
“Facultase al DE a través de la autoridad de
aplicación, a partir del plazo de 60 días hábiles de la entrada en vigencia de
la presente, a autorizar en forma precaria y a modo de experiencia piloto,
que en las calles ubicadas en el área comprendía por: Avda. Presidente Perón, Federico Leloir, Nicolás Repetto, De la Tradición, Avda. Martín Fierro, La
Coyunda, De la guitarra, Avenida Presidente Perón, la circulación vehicular
se realice con desplazamiento entre canteros de arbustos, plantas y flores,
a implantarse en línea perpendicular sucesiva y alternadamente a ambos lados de
la traza de la calzada respectiva cumpliendo con las ubicaciones, dimensiones y
características que ineludiblemente deberán reunir según detalle que obra como
Anexo I de la presente, para permitir la fluidez normal del tránsito, no
erigiéndose en peligro ni obstáculo para el servicio público de bomberos ,
ambulancias, de recolección de residuos, y/o de usuarios en general, además
de encontrarse debidamente señalizados y contar con iluminación propia y adecuada.
No se encuentran incluidas en el temperamento expresado las arterias señaladas
en los puntos 1 a 19 del artículo 17°. Dentro del plazo señalado en el
artículo anterior, y con amplia difusión de ello, el D.E. por intermedio de
la autoridad de aplicación dispondrá la apertura de un REGISTRO DE OPOSICION
en le Delegación Municipal de Villa Udaondo, para que los propietarios y/o
poseedores a título de dueño, de las parcelas ubicadas en el área referida
anteriormente en el presente artículo, puedan expresar, su oposición. Dicho
registro perecerá abierto por el plazo de treinta (30) días hábiles. La
Autoridad de Aplicación no podrá dar curso a las autorizaciones requeridas, si
del cómputo final que se efectué del Registro, las oposiciones superaran el treinta
por ciento (30%) de la totalidad de frentistas del área mencionada. Para la
realización de los cómputos y cálculos de oposición no se podrán incluir las
propiedades Fiscales, Nacionales, Provinciales y Municipales.”
se agradece su difusión
Prensa
Javier Rojas (@Javo_Ro)
(011)15-5952-0350
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